LA AFIP VOLVIÓ A EXTENDER LA SUSPENSIÓN DE EJECUCIONES FISCALES Y MEDIDAS CAUTELARES

La AFIP suspendió hasta el 31 de diciembre próximo el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares.

 La extensión de los beneficios alcanza exclusivamente a las micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.
   La medida, prevista en la Resolución General 5101/21 que puso en marcha la ley de alivio fiscal, suspende para el universo de empresas beneficiadas la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar.
   No obstante, la AFIP mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el Aporte solidario y Extraordinario dispuesto por la Ley 27.605.
   La decisión del ente recaudador apunta a que las micro y pequeñas empresas cuenten con un instrumento adicional para amortiguar los efectos económicos de la pandemia.
   La suspensión de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares viene aplicándose desde el inicio de la pandemia, en el marco de una serie de medidas que se aplicaron desde el Estado Nacional para asistir a los sectores más golpeados por el Covid-19 y las restricciones impuestas para enfrentarlo.
   Según la AFIP, ambas medidas buscan «morigerar el impacto negativo y no deseado sobre diversos sectores de la economía y generar las condiciones necesarias para lograr la recuperación de la actividad productiva y preservar las fuentes de empleo».
   «Atento que continúan vigentes las razones que motivaron las mencionadas suspensiones, resulta aconsejable extender su temporalidad» hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, justificó el organismo.

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