La Corte Suprema de Justicia falló esta mañana a favor del Gobierno porteño en su demanda contra el DNU del presidente Alberto Fernández que suspendió las clases presenciales y así respaldó la autonomía de la Ciudad para definir sobre la educación.
El fallo fue unánime: Elena Highton de Nolasco se abstuvo. «La CABA y las provincias pueden regular la apertura de las escuelas», consideró el máximo tribunal, que hizo lugar al planteo del gobierno porteño.
El fallo, de 91 páginas, extiende su alcance al nuevo decreto de Necesidad y Urgencia vigente ahora, que sucedió al anterior que suspendió las clases presenciales por dos semanas.
«El hecho de que el estricto acatamiento de los plazos procesales propios del juicio sumarísimo haya superado al breve plazo de vigencia temporal del DNU impugnado, no resulta óbice para que esta Corte emita su pronunciamiento, dado que circunstancias como las examinadas en la causa pueden prorrogarse o repetirse», añadió.
Los jueces Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti coincidieron en limitar las decisiones en materia educativa del Gobierno nacional.
«El Estado Nacional sólo puede regular el ejercicio del derecho a la educación de modo concurrente con las provincias, estableciendo las bases, pero no puede, normalmente, sustituirlas, ni decidir de modo autónomo apartándose del régimen legal vigente», suscribieron los jueces.
«Se hace lugar a la demanda respecto del planteo referido a que en el caso concreto se violó la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», resumieron.