Según la Resolución General 4581 del organismo, quienes no realicen el pedido deberán aguardar un año para volver a solicitarlo, con la pérdida del valor del saldo fiscal a favor por la alta inflación proyectada para el año próximo.
El beneficio corresponde a inversiones en bienes de uso desde enero de 2018 y alcanza a las realizadas en maquinarias y mejoras en la empresa «que son susceptibles de amortización en el impuesto a las ganancias, excepto automóviles».
Ese crédito fiscal se puede reclamar en un plazo que se extiende a seis períodos fiscales a partir de la compra del bien y debe ser mantenido en la empresa.
Según la resolución, el contribuyente debe mantener el bien de uso en el patrimonio al momento de la solicitud de devolución, excepto caso fortuito o fuerza mayor.
Entre los requisitos para la devolución, figura que el crédito fiscal obtenido tengan «futura aplicación en los importes efectivamente ingresados resultantes de las diferencias entre débitos fiscales y créditos fiscales», según señaló el estudio contable.
Explicó además que «si transcurren 60 períodos fiscales y la aplicación no se realiza o es parcial, deberán restituir los importes no aplicados sumado a que las normas establecen que se deben restituir con mas los intereses y sanciones que correspondan», a la AFIP.
Esto puede suceder en una empresa que decidió cerrar antes del año transcurrido desde la compra de bienes de uso y tuvo concedido el beneficio fiscal.
La Ley de Presupuesto de 2021 Nº 27.591, fijó un cupo fiscal de $15.000.000.000 para la devolución y no se cobrarán los reclamos que excedan esa suma.
La Resolución 185/2019 del Ministerio de Economía establece un orden de prioridades el orden de prioridad para el cobro basado en la antigüedad de los saldos acumulados e y a igual período la asignación será proporcional a la magnitud de los saldos.
VENCE EL PLAZO PARA RECLAMAR EL CRÉDITO FISCAL POR INVERSIONES EN BIENES DE USO
Los contribuyentes que tienen a favor la devolución del IVA, por inversiones en bienes de uso, tienen plazo hasta mañana para reclamar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ese crédito fiscal, según recordó el estudio SDC Asesores Tributarios.